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Nombre y logotipo de la UNESCO

Foto del escritor: NADIA MISHELL ANTE CUYONADIA MISHELL ANTE CUYO

Actualizado: 18 jun 2021

El uso del nombre y el logotipo de la UNESCO, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura está sometido a reglamentos definidos por los órganos rectores de la Organización.



Normas gráficas


Bloque del logotipo

El logotipo de la UNESCO consta de tres elementos inseparables:

  1. El emblema, el símbolo del templo, que lleva el acrónimo de la UNESCO;

  2. El nombre completo (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura);

  3. Una línea punteada en progresión logarítmica.

Esos tres componentes son inseparables. El conjunto no puede ser objeto de modificación alguna.


Normas básicas


  • Cuando se concede el uso del logotipo de la UNESCO a organismos exteriores, éste no debe ser utilizado aisladamente. Conviene acompañarlo de una mención colocada a su derecha que especifique cuál es la entidad concernida y qué tipo de asociación mantiene con la UNESCO.

  • Esta regla se aplica especialmente a los colaboradores de la UNESCO.

La UNESCO tiene en cuenta dos criterios generales:

  • la pertinencia de la actividad propuesta para los objetivos estratégicos y programas ordinarios de la Organización;

  • la conformidad del organizador de la actividad con los valores, principios y metas constitucionales de la UNESCO.

Directrices prácticas


Patrocinio


  • El patrocinio representa el nivel más exclusivo de apoyo de la Organización. Se refiere a los casos en que la UNESCO autoriza la utilización de su nombre, acrónimo y/o logotipo a fin de expresar su apoyo moral a una actividad respecto de la cual no tiene ninguna responsabilidad financiera, jurídica o sustantiva.

  • El patrocinio de la UNESCO puede concederse a distintos tipos de actividad, como obras cinematográficas y otras producciones audiovisuales, publicaciones, celebración de congresos, reuniones y conferencias, entrega de premios y otros actos públicos de interés nacional, regional e internacional.

  • El patrocinio debe ser limitado en el tiempoPuede ser concedido para una actividad aislada o para varias actividades consecutivas. En este caso, ha de especificarse la duración y renovar la autorización periódicamente.

  • El patrocinio no puede ortorgarse a:

    • personalidades

    • organizaciones

    • actividades de carácter permanente

    • a actividades y/o proyectos que evolucionan continuamente (en estos casos las condiciones de uso del nombre de la UNESCO y del logo deben precisarse en un Acuerdo contractual).

  • Hay dos niveles de patrocinio de la UNESCO:

    • el patrocinio es otorgado por la Comisión Nacional para la UNESCO para actividades de alcance nacional;

    • el patrocinio es otorgado por la Secretaría de la UNESCO para actividades de interés internacional o regional.

  • La utilización del nombre y el logotipo de la UNESCO en el marco de un patrocinio está estrictamente sometida a una serie de Condiciones generales vinculadas al patrocinio.

  • A fin de tratar con eficiencia las solicitudes de utilización del nombre y el logotipo de la UNESCO, la Secretaría de la Organización ha designado a un funcionario de cada uno de sus sectores de programa, que es el punto focal encargado de coordinar la utilización del nombre y el logotipo de la UNESCO y que sirve como interlocutor.

  • La solicitud del patrocinio y la utilización del nombre y el logotipo de la UNESCO tiene lugar en siete etapas..



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